viernes, 26 de junio de 2009

va en camino la nueva ley

Cámara de Representantes PROPOSICION MODIFICATIVA
Se propone a la Comisión Primera de la H. Cámara de Representantes modificar el título del proyecto de ley No. 009 de 2008 Cámara, acumulado con el proyecto de ley No. 048 de 2008 Senado, con un título del siguiente tenor:
“Por medio de la cual se introduce en la ley 599 de 2000 el delito de conducción de medios motorizados en estado de embriaguez o bajo el influjo de sustancias psicoactivas y se modifica la pena para los delitos de homicidio culposo y lesiones personales culposas con ocasión de esa actividad”.

PROPOSICION ADITIVA
Se propone a la Comisión Primera de la H. Cámara de Representantes, adicionar al proyecto de ley N0. 009 de 2008 Cámara “Por medio de la cual se introduce en la ley 599 de 2000 el delito de conducción de medios motorizados en estado de embriaguez o bajo el influjo de sustancias psicoactivas y se modifica la pena para los delitos de homicidio culposo y lesiones personales culposas con ocasión de esa actividad” un nuevo artículo del siguiente tenor:
Artículo _______: El Artículo 109 del Código Penal quedará así:
“Artículo 109: Homicidio Culposo. El que por culpa matare a otro, incurrirá en prisión de tres (3) a nuevo (9) años y multa de veinte (20) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Cuando la conducta culposa sea cometida utilizando arma de fuego, se impondrá la privación del derecho a la tenencia y porte de arma de tres (3) a cinco(5) años.

PROPOSICION ADITIVA
Se propone a la Comisión Primera de la H. Cámara de Representantes, adicionar al proyecto de ley N0. 009 de 2008 Cámara, acumulado con el 048 de 2008 Senado, “Por medio de la cual se introduce en la ley 599 de 2000 el delito de conducción de medios motorizados en estado de embriaguez o bajo el influjo de sustancias psicoactivas y se modifica la pena para los delitos de homicidio culposo y lesiones personales culposas con ocasión de esa actividad” un nuevo artículo del siguiente tenor:
Artículo ______. Crease un Artículo Nuevo en la Ley 599 de 2000 del siguiente tenor:
“Artículo 109A. El que por culpa matare a otro utilizando medios motorizados, incurrirá en prisión de cinco (5) a diez (10) años, multa de veinte (20) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes y privación del derecho de conducir vehículos automotores y motocicletas por un término de tres (3) a cinco (5) años adicionales al término de pena privativa de la libertad.”

PROPOSICION ADITIVA
Se propone a la Comisión Primera de la H. Cámara de Representantes, adicionar al proyecto de ley N0. 009 de 2008 Cámara, acumulado con el 048 de 2008 Senado, “Por medio de la cual se introduce en la ley 599 de 2000 el delito de conducción de medios motorizados en estado de embriaguez o bajo el influjo de sustancias psicoactivas y se modifica la pena para los delitos de homicidio culposo y lesiones personales culposas con ocasión de esa actividad” un nuevo artículo del siguiente tenor:
Artículo ______. El artículo 110 de la ley 599 de 2000, quedará así:
Artículo 110. La pena prevista en los artículos 109 y 109A, se aumentarán de una sexta parte a la mitad, en los siguientes casos:

1. Si al momento de cometer la conducta el agente se encontraba bajo el influjo de bebida embriagante o de drogas o sustancias alucinógenas, o plantas clasificadas como estupefacientes o hipnóticas que produzcan dependencia física o psíquica.

2. Si el agente abandona sin justa causa el lugar de la comisión de la conducta.

3. Si al momento de cometer la conducta el agente no es titular de la Licencia de Conducción exigida por la Ley o su licencia había sido anulada, invalidada, suspendida o retenida y la causa de ello no ha sido superada, aunque en el entretanto haya obtenido otra.

4. Si al momento de cometer la conducta el agente se niega a someterse a los exámenes o pruebas destinadas a establecer la existencia de un estado de embriaguez o alcoholemia o de consumo de drogas o sustancias estupefacientes, alucinógenas o hipnóticas.

5. Si al momento de cometer la conducta el agente conducía superando los límites de velocidad establecidos por la Ley

PROPOSICION ADITIVA
Se propone a la Comisión Primera de la H. Cámara de Representantes, adicionar al proyecto de ley N0. 009 de 2008 Cámara, acumulado con el 048 de 2008 Senado, “Por medio de la cual se introduce en la ley 599 de 2000 el delito de conducción de medios motorizados en estado de embriaguez o bajo el influjo de sustancias psicoactivas y se modifica la pena para los delitos de homicidio culposo y lesiones personales culposas con ocasión de esa actividad” un nuevo artículo del siguiente tenor:
Artículo ______: Créase un Artículo nuevo en la ley 599 de 2000, del siguiente tenor:
“Artículo 121A.: Las circunstancias de agravación previstas en el artículo 110A se aplicarán a las lesiones culposas cometidas con la utilización de medios motorizados y las penas previstas se aumentarán de la mitad a las tres cuartas partes.”
PROPOSICION MODIFICATIVA
Se propone a la Comisión Primera de la H. Cámara de Representantes, adicionar al proyecto de ley N0. 009 de 2008 Cámara, acumulado con el 048 de 2008 Senado, “Por medio de la cual se introduce en la ley 599 de 2000 el delito de conducción de medios motorizados en estado de embriaguez o bajo el influjo de sustancias psicoactivas y se modifica la pena para los delitos de homicidio culposo y lesiones personales culposas con ocasión de esa actividad”, modificar el artículo 2 del proyecto de ley, en los siguientes términos:
“Artículo _____. El Capítulo IX, del Título I, del Libro Segundo de la Ley 599 de 2000, tendrá un artículo 134A del siguiente tenor: Artículo 134A: De la seguridad vial y la conducción en estado de embriaguez o bajo el influjo de sustancias alucinógenas. El que condujere un medio motorizado bajo la influencia del sustancias alucinógenas que produzcan disminución de sus capacidades físicas o psíquicas, y/o en estado de embriaguez a partir del primer grado, incurrirá en prisión de ocho (8) a treinta (30) días